domingo, 17 de mayo de 2015

Turquía derriba una aeronave siria que había violado su espacio aéreo

Turquía derriba una aeronave siria que había violado su espacio aéreo


Cazas del Ejército turco derribaron este sábado una aeronave siria después de que, presuntamente, el aparato violase en repetidas ocasiones el espacio aéreo de Turquía en la provincia fronteriza de Hatay (sur del país). Según fuentes del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas turcas citadas por la prensa local, a media tarde una aeronave siria penetró en el espacio aéreo turco hasta en tres puntos diferentes de la provincia de Hatay, por lo que se ordenó a dos aviones F-16 despegar de la cercana base militar de Adana para darle caza. “Abrieron fuego dos veces y alcanzaron la aeronave”, afirmaron dichas fuentes.


En un primer momento, las fuerzas armadas turcas no han hecho público qué clase de aparato era el derribado –los restos cayeron en territorio sirio-, pero el ministro turco de Defensa, Ismet Yilmaz, ha informado posteriormente de que se trataba de un helicóptero. Sin embargo, la televisión pública siria sostiene que era un dron, un aparato no tripulado teledirigido de vigilancia.


“Es un incidente importante y Turquía ha demostrado decisión. Espero que se tome nota del mensaje y nadie se atreva a violar nuestras fronteras”, ha afirmado sobre el asunto el primer ministro turco, Ahmet Davutoglu, informa Europa Press


Los incidentes aéreos entre ambos países se han incrementado desde que en 2012 un F-4 turco fuese derribado por Siria, tras lo cual un helicóptero y un caza MIG 23 sirios fueron derribados por Turquía. Numerosos proyectiles sirios han caído en territorio turco desde que la guerra civil se extendiese en el país vecino, y los militares turcos han respondido con fuego de artillería en varias ocasiones.


En el último mes y medio, Turquía y Arabia Saudí han aumentado su apoyo a los rebeldes sirios quienes, con un nuevo mando conjunto que integra a facciones moderadas y yihadistas, han conquistado terreno a las fuerzas del régimen sirio de Bachar el Asad. Los avances se han producido especialmente en la provincia siria de Idlib, fronteriza con Hatay. En la provincia de Hatay, varias fuentes consultadas por EL PAÍS afirman que los rebeldes continúan utilizando la frontera para introducirse ilegamente en Siria así como también haciendo entrar armas y material logístico con la presunta ayuda de Turquía.


En la última semana, dirigentes de la oposición turca han denunciado los supuestos planes del Gobierno islamista moderado turco de entrar militarmente en Siria, rumor que se ha visto reforzado por el hecho de que el jefe del Estado Mayor, Necdet Özel, aparentemente contrario a la intervención, se haya tomado una baja médica de dos semanas. Tanto los rebeldes como Ankara demandan desde hace tiempo que se instaure una zona de exclusión aérea sobre el norte de Siria para permitir a los rebeldes asegurar sus conquistas y a los refugiados disponer de un lugar a salvo de los bombardeos del régimen sirio.


La noche del pasado martes, fuentes locales en Hatay aseguraron a este diario que entre tres y cuatro cazas turcos sobrevolaron la frontera siria por espacio de una hora lo que incrementó el temor de sus habitantes a una inminente intervención de Turquía en el país vecino.


 




Turquía derriba una aeronave siria que había violado su espacio aéreo

lunes, 11 de mayo de 2015

Principios de Derecho Internacional reconocidos por el Estatuto y por las sentencias del Tribunal de Nuremberg (1950)

(Aprobados por la Comisión de Derecho Internacional en 1950 y presentados a la Asamblea General)


  PRINCIPIO I


Toda persona que cometa un acto que constituya delito de derecho internacional es responsable de él y está sujeta a sanción.


  PRINCIPIO II


El hecho de que el derecho interno no imponga pena alguna por un acto que constituya delito de derecho internacional no exime de responsabilidad en derecho internacional a quien lo haya cometido.


  PRINCIPIO III


El hecho de que la persona que haya cometido un acto que constituya delito de derecho internacional haya actuado como Jefe de Estado o como autoridad del Estado, no la exime de responsabilidad conforme al derecho internacional.


  PRINCIPIO IV


El hecho de que una persona haya actuado en cumplimiento de una orden de su Gobierno o de un superior jerárquico no la exime de responsabilidad conforme al derecho internacional, si efectivamente ha tenido la posibilidad moral de opción.


  PRINCIPIO V


Todas persona acusada de un delito de derecho internacional tiene derecho a un juicio imparcial sobre los hechos y sobre el derecho.


  PRINCIPIO VI


Los delitos enunciados a continuación son punibles como delitos de derecho internacional:


a. Delitos contra la paz:


i) Planear, preparar, iniciar o hacer una guerra de agresión o una guerra que viole tratados, acuerdos o garantías internacionales;


ii) Participar en un plan común o conspiración para la perpetración de cualquiera de los actos mencionados en el inciso i).


b. Delitos de guerra:


Las violaciones de las leyes o usos de la guerra, que comprenden, sin que esta enumeración tenga carácter limitativo, el asesinato, el maltrato, o la deportación para trabajar en condiciones de esclavitud o con cualquier otro propósito, de la población civil de territorios ocupados o que en ellos se encuentre, el asesinato o el maltrato de prisioneros de guerra o de personas que se hallen en el mar, la ejecución de rehenes, el saqueo de la propiedad pública o privada, la destrucción injustificable de ciudades, villas o aldeas, o la devastación no justificada por las necesidades militares.


c. Delitos contra la humanidad:


El asesinato, el exterminio, la esclavización, la deportación y otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población civil, o las persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos, cuando tales actos sean cometidos o tales persecuciones sean llevadas a cabo al perpetrar un delito contra la paz o un crimen de guerra, o en relación con él.


  PRINCIPIO VII


La complicidad en la comisión de un delito contra la paz, de un delito de guerra o de un delito contra la humanidad, de los enunciados en el Principio VI, constituye asimismo delito de derecho internacional.



Principios de Derecho Internacional reconocidos por el Estatuto y por las sentencias del Tribunal de Nuremberg (1950)

domingo, 3 de mayo de 2015

Las claves del proceso entre Bolivia y Chile ante la Corte de La Haya

Las claves del proceso entre Bolivia y Chile ante la Corte de La Haya


Abogados de Bolivia y Chile comparecerán a lo largo de esta semana ante la Corte Internacional de La Haya y presentarán alegatos a favor y en contra de que esta Corte se declare competente para analizar una demanda en contra de Chile, que busca obligar a este país a negociar “de buena fe” la salida “soberana” de Bolivia al mar. Estas son las principales claves del proceso.


La demanda boliviana


En 2013, el Gobierno boliviano presentó una demanda ante la Corte Internacional de La Haya en contra de Chile, la cual busca obligar a este país a negociar “de buena fe” la salida “soberana” de Bolivia al mar. Evo Morales anunció que haría esta demanda en 2011, después de declarar fracasada la negociación bilateral sobre 13 puntos, entre ellos el marítimo, que había iniciado con Michelle Bachelet durante la primera gestión de la mandataria chilena. Esta demanda es la última de una larga serie de acciones tomadas por Bolivia a lo largo de su historia para recuperar la “cualidad marítima” que perdió en la Guerra del Pacífico, en la que Bolivia y Perú fueron derrotados por Chile.


¿Qué se decide ahora?


Chile planteó una “objeción previa” a la vista de la demanda por la Corte de La Haya. Pidió que esta no fuera admitida, con el argumento de que afectaría a un tratado de límites que ambos países firmaron en 1904, siendo que la jurisdicción de este tribunal corre desde 1948 en adelante. Por su parte, Bolivia asegura que su demanda no pretende cuestionar este tratado de límites y en cambio se origina en los “derechos expectaticios” que generaron a su favor los ofrecimientos realizados por Chile a lo largo del tiempo para resolver el diferendo marítimo entre ambos países.


¿Qué alega Bolivia?


Bolivia alega que Chile debe cumplir el ofrecimiento que le hizo en varios momentos de facilitarle una salida soberana al mar. En particular se refiere a la “negociación de Charaña” (una pequeña población fronteriza que se hizo célebre por el encuentro en ella, en 1975, de los dictadores Augusto Pinochet y Hugo Banzer), en la que Pinochet ofreció a Bolivia un corredor hacia el océano Pacífico, sobre la frontera chileno-peruana, a cambio de la misma cantidad de territorio boliviano. La negociación fracasó por la resistencia de la población boliviana al canje territorial y por la simultánea oposición del Perú, que gozaba de derecho de veto, puesto que el territorio chileno que iba a traspasarse a Bolivia había sido peruano antes de la Guerra del Pacífico.


¿Qué alega Chile?


Chile alega que los ofrecimientos que hizo a Bolivia, pero que no acabaron en un acuerdo entre partes, no pueden generar derecho alguno, ya que si lo hicieran se restringiría la facultad de los países de explorar soluciones innovadoras a sus problemas internacionales, y se los condenaría a seguir un libreto invariable. Cree que la Corte debe inhibirse de actuar, dada la naturaleza “osada” de la demanda boliviana, que de admitirse tendría el potencial de desordenar el ordenamiento jurídico internacional.


¿Qué tiene que ver este proceso con el juicio de Perú contra Chile?


Entre 2008 y 2014, la Corte de La Haya trató una demanda de Perú contra Chile en torno al territorio marítimo fronterizo, y finalmente devolvió a la soberanía peruana 50.000 kilómetros cuadrados de mar. Este juicio es el antecedente directo de la acción boliviana, porque mostró que por esta vía podían obtenerse concesiones de Chile.


 ¿Quiénes participan en el proceso?


 Ambos países han enviado a La Haya a sus cancilleres y a equipos de diplomáticos, parlamentarios y juristas nacionales e internacionales. La delegación boliviana cuenta con dos expresidentes, Rodríguez Veltze y Carlos Mesa. Los alegatos se transmiten en vivo por televisión para las dos naciones. Morales ordenó embanderar las casas durante toda esta semana, para mostrar el respaldo de la población a sus representantes ante la Corte Internacional. En Chile, una encuesta de la Universidad del Desarrollo estableció que el 49% de los habitantes cree que este país perderá la objeción previa que interpuso, y que la demanda boliviana continuará analizándose en La Haya.


 ¿Cuál es el estado de las relaciones bilaterales?


 Entre 2006 y 2010, el tiempo que duró la negociación de los 13 puntos se produjo un deshielo sin precedentes de las relaciones entre ambos países, que están formalmente rotas desde 1978, fecha en la que el diálogo de Charaña naufragó. Desde 2011, las acusaciones mutuas y el distanciamiento entre Bolivia y Chile han escalado, gracias a las campañas comunicacionales de reivindicación nacionalista de Bolivia, y la competencia entre ambas diplomacias para presentar sus visiones del problema a la comunidad internacional.


 




Las claves del proceso entre Bolivia y Chile ante la Corte de La Haya

sábado, 2 de mayo de 2015

Luchar contra la contaminación por orden judicial

Luchar contra la contaminación por orden judicial


Reino Unido lleva años incumpliendo los límites de contaminación atmosférica que impone la legislación europea. Los habitantes de ciudades como Londres, Leeds o Birmingham respiran aire sucio, y las últimas estimaciones oficiales muestran que, de seguir así, continuarán haciéndolo al menos hasta 2030. Pero ahora el Gobierno británico está legalmente obligado a diseñar medidas para luchar contra la elevada contaminación de sus urbes, que provoca cada año miles de muertes prematuras: el Tribunal Supremo, el máximo órgano judicial del país, ha dictaminado, por unanimidad de los cinco jueces, que debe poner en marcha nuevos planes antes de que acabe el año.


Esta insólita sentencia llega después de cinco años de lucha de los activistas de ClientEarth, una ONG británica de abogados medioambientales que decidieron recurrir a los tribunales ante la inacción de su Gobierno. “La contaminación atmosférica mata a decenas de miles de personas cada año en este país. Los ciudadanos tenemos derecho a respirar aire limpio y si las autoridades no hacen lo suficiente por garantizarlo, si no se puede confiar en ellas, hay que recurrir a la justicia”, señaló Alan Andrews, abogado de ClientEarth, a EL PAÍS.


La sentencia no solo obliga a elaborar nuevos planes de calidad del aire; también a que sean ambiciosos y eficaces, opina Andrews. Y se tienen que poner en marcha rápido, en cuestión de meses. Será una de las primeras tareas del Gobierno que salga de las urnas el próximo día 7.


“Esta decisión sienta un precedente muy importante en toda Europa y facilita el camino a otras organizaciones que quieran denunciar. Además anima y quita el miedo a los tribunales a sentenciar contra un Estado”, opina Paco Segura, coordinador de Ecologistas en Acción. Su organización también ha llevado a los tribunales a las autoridades españolas por la contaminación atmosférica, sin éxito por ahora. “Estaremos encantados de ayudar a otros”, afirma por teléfono Andrews. “Ya tenemos una red de organizaciones ambientales por toda Europa con la que estamos trabajando”.


La legislación europea —directiva de calidad del aire (2008/50)— permite una media anual máxima de 40 microgramos por metro cúbico de dióxido de nitrógeno, un gas tóxico que agrava problemas de salud como el asma y las alergias, y que procede principalmente del tráfico. Ese límite es de obligado cumplimiento desde 2010 y la normativa prevé sanciones en caso de superación de los límites. Ni Reino Unido ni otros muchos países europeos, entre ellos España, los respetan, y por ello se enfrentan a posibles multas millonarias de Bruselas.


La contaminación atmosférica es la primera causa medioambiental de muertes prematuras en la Unión Europea. Un estudio presentado el año pasado por la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) señalaba que la polución del aire causa casi medio millón de muertes prematuras al año.




Denuncias en España


Organizaciones españolas como Ecologistas en Acción también han tratado de llevar a los tribunales a las autoridades para obligarlas a garantizar el derecho de los ciudadanos a respirar aire limpio. Solo en Madrid, que incumple la normativa europea de contaminación desde 2010, han puesto tres denuncias. La última, el año pasado. La organización considera que el Ayuntamiento es responsable de no adoptar las medidas necesarias para garantizar que la capital cumpla. Según la denuncia, la alcaldesa, Ana Botella, y su concejal de Medio Ambiente, serían culpables de un delito contra el medio ambiente tipificado en el artículo 325 del Código Penal.


“La sentencia del Reino Unido da esperanzas, pero demostrar en España que se produce un delito de comisión por omisión es francamente complicado. Hasta ahora no hemos encontrado resquicios legales para hacer valer los derechos de los ciudadanos”, explica Paco Segura, coordinador de Ecologistas en Acción. Ninguna de las denuncias —presentaron otra contra Alberto Ruiz-Gallardón en 2011— ha prosperado.






Los expertos piden sacar los coches sucios de las ciudades


E. G. S.


Los expertos en contaminación atmosférica recomiendan la restricción del tráfico en el centro de las ciudades como uno de los métodos más efectivos para mejorar la calidad del aire que respiran sus habitantes. La implantación de las llamadas zonas de bajas emisiones, en las que se prohíbe la entrada de los vehículos diésel más contaminantes, es una de las medidas que los científicos que forman parte del proyecto europeo AIRUSE LIFE+ han trasladado a la Comisión Europea y a los Gobiernos de los Estados miembros.


Este proyecto, del que forman parte siete equipos científicos de países del sur de Europa, pretende ayudar a los Estados a decidir cómo luchar contra la contaminación teniendo en cuenta las particularidades de las ciudades meridionales del continente. Los países del sur de Europa y el Mediterráneo tienen peores niveles de partículas en suspensión que los del centro y norte por tener más fuentes de emisión: intrusiones de polvo sahariano, poca lluvia que evita que la atmósfera se limpie, alta radiación solar, etcétera.


Las partículas se consideran uno de los contaminantes más peligrosos porque penetran en las vías respiratorias y agravan enfermedades cardiovasculares y respiratorias. Otra de las recomendaciones de los expertos de AIRUSE es certificar las estufas, calderas de biomasa y pellets que se comercializan. También sugieren el riego de las calles para reducir la resuspensión de las partículas del tráfico. “Es el mejor método. Hace unos años probamos en una calle de Barcelona si añadiendo una sustancia química se puede reducir el polvo, pero no funcionó”, explicó Xavier Querol, investigador del CSIC y coordinador del proyecto europeo.




 




Luchar contra la contaminación por orden judicial