martes, 6 de octubre de 2015

Histórico acuerdo comercial de 12 países del Pacífico, entre ellos Estados Unidos, Chile, México y Perú

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Histórico acuerdo comercial de 12 países del Pacífico, entre ellos Estados Unidos, Chile, México y Perú


Los ministros de Comercio de las naciones del Pacífico alcanzaron un acuerdo sobre un extenso pacto comercial que reducirá las barreras arancelarias y establecerá estándares comunes para 12 países, entre ellos México y Perú.


El Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de Asociación Económica (TPP, por sus siglas en inglés) afectará el 40 por ciento de la economía mundial y podría presentarse como un legado del presidente Barack Obama, si es ratificado por el Congreso estadounidense. Legisladores de otros países miembros también deben aprobar el acuerdo.


Sin embargo, algunos de los dirigentes que participaron de la última reunión en Atlanta manifestaron su optimismo. Uno de ellos fue el primer ministro japonés, Shinzo Abe, quien destacó que “las negociaciones del TPP han conducido a un amplio acuerdo”.


Los integrantes


El Acuerdo, indicaron algunosespecialistas, abarca el 40% de la economía mundial. Sus integrantes son Australia, Brunei, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur, Estados Unidos y Vietnam.


Polémica


El TPP ha sido motivo de controversia debido a lo secreto de las negociaciones que se han realizado en los últimos cinco años y la amenaza percibida de una serie de grupos de interés, desde los trabajadores de la industria automotriz en México a las granjas productoras de leche en Canadá.


La ronda final de negociaciones en Atlanta, que comenzó el miércoles pasado, se había estancado por la interrogante sobre cuánto tiempo debería permitirse un monopolio de medicamentos biotecnológicos de última generación, hasta que Estados Unidos y Australia alcanzaron un compromiso.


Estados Unidos buscaba un período de 12 años de protección para alentar a las farmacéuticas a invertir en costosos tratamientos biológicos como el tratamiento para el cáncer. Australia, Nueva Zelanda, y grupos públicos de salud querían cinco años para reducir los costos y la carga de programas médicos subsidiados por el Estado.


Por separado, Estados Unidos, México, Canadá y Japón también concordaron en las normas que rigen el comercio de vehículos, que dictan cuantas partes de un auto deben ser fabricadas dentro del TPP para calificar con el estatus de libre de impuestos.




Histórico acuerdo comercial de 12 países del Pacífico, entre ellos Estados Unidos, Chile, México y PerúDerecho Internacional Público - www.dipublico.org

Conferencia: "Mercosur y Parlasur. Desafíos Actuales"

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Conferencia: "Mercosur y Parlasur. Desafíos Actuales"Derecho Internacional Público - www.dipublico.org

sábado, 3 de octubre de 2015

Un ataque de EE UU a un hospital afgano de MSF causa 19 muertos

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Un ataque de EE UU a un hospital afgano de MSF causa 19 muertos


Un bombardeo aéreo de EE UU ha matado este sábado a 19 personas en el hospital de Médicos sin Fronteras (MSF) en Kunduz, al norte de Afganistán, según ha informado esa ONG. 12 de las víctimas eran empleados de la organización y siete pacientes de la unidad de cuidados intensivos, entre ellos tres niños. Además hay 37 heridos, 19 de ellos sanitarios.  La clínica, la única que seguía funcionando en la ciudad tras los combates desatados por la entrada de los talibanes el pasado lunes, ha quedado inutilizable. El responsable de las fuerzas estadounidenses ha  pedido disculpas al presidente afgano, Ashraf Ghani.


“El ataque puede haber causado daño colateral a un centro médico cercano”, ha reconocido por la mañana el coronel norteamericano Brian Tribus, portavoz de la misión de la OTAN en Kabul. “Se está investigando el incidente”, añadía.


Sin embargo, más tarde el jefe de las fuerzas de Estados Unidos en Afganistán, el general John Campbell, ha pedido disculpas por lo sucedido al presidente Ghani, según un comunicado difundido por su oficina. La aviación de ese país es la única que opera en la zona, ya que los insurgentes no disponen de medios aéreos y los militares afganos no tienen capacidad para vuelos nocturnos. Desde el pasado lunes, ha efectuado doce ataques en apoyo de las fuerzas afganas que intentan desalojar a los talibanes de Kunduz, casi todos en las afueras de la ciudad. El de esta madrugada era el segundo en la zona centro, según Tribus.


El portavoz del Ministerio del Interior afgano, Seddiq Seddiqi, por su parte, ha atribuido el desafortunado incidente a que “entre 10 y 15 talibanes” se habían refugiado en el hospital. Un vecino citado por la agencia Reuters respaldaba esa versión al relatar que, el viernes, los insurgentes se parapetaron tras los muros de la clínica, desde donde disparaban a las fuerzas de seguridad. En cualquier caso, los convenios internacionales prohíben atacar los centros sanitarios.


“El bombardeo ha continuado durante por lo menos 30 minutos después de que se informara a los responsables militares estadounidenses y afganos en Kabul y Washington”, ha denunciado MSF en un comunicado. La organización, que ha pedido una explicación urgente de lo ocurrido, también asegura que había informado “a todas las partes en el conflicto” de “la localización exacta (coordenadas GPS)” de sus instalaciones, incluido el hospital.


No es la primera vez que EEUU se encuentra en el punto de mira por causar víctimas civiles con sus operaciones aéreas. El pasado julio, diez soldados afganos también resultaron muertos por error cuando aviones norteamericanos atacaron la presa que vigilaban en la provincia de Logar, al este del país. Durante los 14 años que ya dura la guerra de Afganistán han sido numerosos los casos de bombardeos a bodas, reuniones tribales y otros accidentes que han terminado minando la confianza de los afganos en el país que les ayudó a librarse del régimen talibán y abierto una brecha para la propaganda de esos radicales islamistas. De hecho, un portavoz de los insurgentes se ha apresurado a condenar el ataque al hospital de hoy.


El representante de MSF en Afganistán, Ghilhem Molinie, declaró a EL PAÍS el pasado miércoles que habían obtenido garantías de las “nuevas autoridades”, en referencia a los talibanes, para el hospital y su personal. El centro de trauma de la organización en Kunduz, el único de su nivel y especialidad en todo el noreste del país, ha atendido a 400 pacientes desde el incio de los combates el pasado lunes. En el momento del bombardeo, se encontraban allí 105 pacientes y 80 de sus 470 trabajadores, diez de ellos extranjeros. Estos últimos están todos a salvo, según ha indicado este diario un portavoz de la ONG. Además de los 9 muertos, el ataque ha dejado 37 heridos de gravedad, 19 de ellos personal sanitario. Los más graves han sido trasladados a un hospital de Puli Khumri, a dos horas por carretera de Kunduz.




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viernes, 2 de octubre de 2015

Alemania endurece las normas para aceptar refugiados

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Alemania endurece las normas para aceptar refugiados


El Gobierno alemán está decidido a endurecer su normativa de asilo. En plena oleada de refugiados que no cesa pese a la introducción de controles en algunas fronteras y en un ambiente político cada vez más crispado contra la política de inmigración de la canciller Angela Merkel, la gran coalición democristiano-socialdemócrata impulsó este martes una reforma cuyo principal objetivo es reducir el número de peticiones de asilo de los países balcánicos.


Para lograr este objetivo, el Ejecutivo quiere incluir a Albania, Kosovo y Montenegro en la lista de “países seguros”. Este paso, que aún debe obtener el visto bueno del Parlamento, trata de evitar la llegada a los muy saturados centros de acogida de aquellos solicitantes de asilo que tienen muy pocas posibilidades de obtener esta condición. “Es una forma de decirles a los que quieran venir de estos países que no se pongan en camino, ya que tendrán que retornar a casa”, dijo el ministro del Interior, el democristiano Thomas de Maizière.


Protesta de Pegida


Con el paquete de medidas aprobado este martes, el Gobierno también pretende acelerar los procesos administrativos de la llegada de refugiados y sustituir en la medida de lo posible el dinero de bolsillo que se da a los recién llegados por los bienes de primera necesidad que requieran.


Pero algunos líderes democristianos y socialcristianos bávaros no se dan por satisfechos con estos recortes. La canciller Merkel rechazó este martes la propuesta de establecer una excepción para que el recién instaurado salario mínimo no se aplicara a los refugiados. Los líderes conservadores que defendían esta idea argumentaban que sería una forma de facilitar su entrada en el mercado de trabajo. “Sería una medida explosiva. Quien hace estas propuestas se sirve de los pobres en Alemania para ponerlos en contra de los pobres de Siria”, dijo el vicecanciller y líder socialdemócrata, Sigmar Gabriel.


Mientras el Gobierno trata de ordenar los flujos migratorios, el clima social se deteriora. La popularidad de Merkel ha caído al nivel más bajo del último año. La conflictividad contra los centros de asilo —y también entre los propios refugiados— aumenta. Y el lunes, el movimiento xenófobo Pegida logró un éxito al reunir a 8.500 personas que protestaban por la supuesta “islamización de Occidente”.




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La Asamblea General adopta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

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La Asamblea General adopta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible


25 de septiembre, 2015 — La Asamblea General de la ONU adoptó hoy la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.


Los Estados miembros de la Naciones Unidas aprobaron una resolución en la que reconocen que el mayor desafío del mundo actual es la erradicación de la pobreza y afirman que sin lograrla no puede haber desarrollo sostenible.


La Agenda plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.


La nueva estrategia regirá los programas de desarrollo mundiales durante los próximos 15 años. Al adoptarla, los Estados se comprometieron a movilizar los medios necesarios para su implementación mediante alianzas centradas especialmente en las necesidades de los más pobres y vulnerables.


“Estamos resueltos a poner fin a la pobreza y el hambre en todo el mundo de aquí a 2030, a combatir las desigualdades dentro de los países y entre ellos, a construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas, a proteger los derechos humanos y promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y a garantizar una protección duradera del planeta y sus recursos naturales”, señalaron los Estados en la resolución.


Los 17 Objetivos de la Agenda se elaboraron en más de dos años de consultas públicas, interacción con la sociedad civil y negociaciones entre los países.


La Agenda implica un compromiso común y universal, no obstante, puesto que cada país enfrenta retos específicos en su búsqueda del desarrollo sostenible, los Estados tienen soberanía plena sobre su riqueza, recursos y actividad económica, y cada uno fijará sus propias metas nacionales, apegándose a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), dispone el texto aprobado por la Asamblea General.


Además de poner fin a la pobreza en el mundo, los ODS incluyen, entre otros puntos, erradicar el hambre y lograr la seguridad alimentaria; garantizar una vida sana y una educación de calidad; lograr la igualdad de género; asegurar el acceso al agua y la energía; promover el crecimiento económico sostenido; adoptar medidas urgentes contra el cambio climático; promover la paz y facilitar el acceso a la justicia.




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ONU pide que las operaciones antiterroristas en Siria respeten las leyes internacionales

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ONU pide que las operaciones antiterroristas en Siria respeten las leyes internacionales


01 de octubre, 2015 — El Secretario General de la ONU enfatizó una vez más que los bombardeos aéreos realizados en Siria por cualquier país deben ajustarse estrictamente a las leyes internacionales humanitarias y de derechos humanos.


Así lo expresó el portavoz de Naciones Unidas,Stephan Dujarric, quien también informó de una reunión de Ban Ki-moon hoy con el viceprimer ministro sirio, Walid Al-Moualem, en la que le reiteró que no hay una solución militar al conflicto y le recalcó que el terrorismo en el país se debe en gran parte a la falta de un diálogo político.


Por su parte, el ministro de Relaciones Exteriores de Rusia, Sergei Lavrov, aseveró que sus incursiones aéreas en territorio sirio para atacar objetivos del ISIS y otros grupos terroristas respetan la ley internacional.


En conferencia de prensa en la sede de la ONU, Lavrov recordó que la participación militar en terceros países sólo es legítima si responde a un mandato del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o si es solicitada por el gobierno del país afectado.


El canciller agregó, en este contexto, que las operaciones aéreas rusas, a diferencia de las de la coalición de países occidentales, se realizan por pedido del gobierno sirio.


“Nosotros dijimos desde el principio, cuando se anunció la coalición, que era un error no acudir al Consejo de Seguridad y que era otro error no involucrar al gobierno sirio. Si hubieran ido al Consejo de Seguridad creo que hubieran podido acordar un concepto que fuera aceptable para todos”, apuntó.


El ministro acotó, asimismo, que los bombardeos no serán suficientes para resolver el conflicto en Siria sino que hace falta un proceso político que inicie con un diálogo mediado por la ONU.


Al contestar una pregunta sobre la legitimidad del gobierno sirio, Lavrov consideró que no se pueden adoptar posiciones hipócritas en las que se tacha de ilegítimo a un gobierno, pero se le reconoce para negociar el desmantelamiento de su arsenal químico.




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Putin y Obama difieren en el papel que debe desempeñar la ONU

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Putin y Obama difieren en el papel que debe desempeñar la ONU


La última vez que Vladímir Putin habló en la sede de la ONU — lo hizo en tres ocasiones — fue en 2005. La relación entre Rusia y Occidente está demasiado deteriorada. La incomprensión mutua (con respecto a los motivos, los objetivos y las actuaciones de unos y otros) está al límite.


Prácticamente todos los dirigentes que han hablaron antes que Putin (Barack Obama, Andrzej Duda, Xi Jinping) evocaron el recuerdo de la Segunda Guerra Mundial en sus discursos. Unos como homenaje al aniversario, otros a modo de enlace con una actualidad donde la prevención de las guerras, agresiones y demás tragedias humanas está de actualidad.


Entre otras cosas, esto se debe a la propia ineficacia de la ONU, que viene pidiendo una reforma desde hace tiempo, aunque de momento no se ha encontrado una opción mejor que la de la Conferencia de Yalta, a la que se refirió Putin. De acuerdo con el presidente ruso, el sistema de Yalta “se pagó con dos guerras mundiales” y “libró al mundo de grandes conmociones”.


En lo que concierne a la reforma de la ONU, se ha estado hablado últimamente de la posibilidad de anular el derecho a veto de los cinco miembros permanentes. Se trata de un momento muy oportuno, pues una serie de países están considerando privar a Rusia de su derecho a veto en el contexto de la crisis de Ucrania.


Recientemente, Francia propuso a las ‘grandes potencias’ la renuncia voluntaria al privilegio del veto en los casos que impliquen la muerte de un gran número de personas. Pero de momento poco más de una tercera parte de los miembros de la ONU apoya esta idea.


En cuanto a la frecuencia de uso de dicho derecho, la URSS se situó a la cabeza en los primeros diez años de existencia de la ONU (protagonizando la mitad de los casos), pero EE UU pasó a ocupar el primer puesto a partir de los años 70-80. Si nos abstraemos de la crisis de Ucrania y del objetivo de ‘castigar’ a Moscú, aún no sabemos qué efectos tendría la anulación del derecho a veto en el funcionamiento de la ONU. Después de todo, la propia amenaza del veto sirve de incentivo a las ‘grandes potencias’ para buscar el compromiso. Tal como ha señalado Putin a este respecto, “nadie contaba con alcanzar el voto unánime en la ONU… El espíritu de esta organización reside precisamente en la elaboración del compromiso”.


De manera inesperada, Putin ha dejado caer en su discurso un reproche a la URSS por su “intento de imponer los experimentos socialistas en otros países”, lo que tuvo unas consecuencias desastrosas.


Sin embargo, pronto ha quedado clara la razón de esta inusual tesis en boca del político que calificó el colapso de la URSS como “la mayor catástrofe geopolítica del siglo ХХ”. Y es que el presidente ruso ve hoy un análogo de esa presión en la “exportación de la revolución” y se podría decir que la aversión a las ‘revoluciones de color’ que tuvieron lugar en varias antiguas repúblicas soviéticas se ha convertido en una obsesión del Kremlin.


Pero lo cierto es que el derecho internacional actual —que incluye los tratados de la ONU— ha resultado ser ineficaz en los casos en que países enteros acaban en ruinas como consecuencia de una revolución respaldada desde fuera. Siria se encuentra al borde de una catástrofe similar. “Y me gustaría preguntarle a quienes han creado esta situación. ¿Sois conscientes de lo que habéis hecho?”


En contra de las expectativas, el presidente ruso ha preferido dejar las cuestiones más acuciantes de la controversia por la cuestión siria para el encuentro en privado con Obama.


En su lugar, en su discurso habló de la lucha contra el terrorismo. Putin propone crear una coalición antiterrorista “basada en los países musulmanes”, lo que se opone a la línea de actuación de EE UU en Siria (que apuesta por la llamada ‘oposición moderada’).


En realidad, a iniciativa de Rusia ya se ha creado un centro de coordinación para la lucha contra el Estado Islámico en el que participan la mayoría chií del gobierno de Irak, el gobierno chií de Irán, Rusia y el gobierno sirio.


Por otra parte, Putin solo se detuvo en la polémica de Ucrania para reiterar la postura oficial de Moscú, apelando al cumplimiento de los acuerdos de Minsk. Sin embargo, no sería Putin si no hubiera condenado una vez más la “mentalidad de bloques” (manifiesta en la ampliación de la OTAN), así como los intentos unilaterales de controlar el mundo.


A las declaraciones realizadas por Obama una hora antes sobre su intención de mantener las sanciones contra Rusia, Putin objetó que “las sanciones unilaterales al margen de la ONU persiguen objetivos políticos y sirven para eliminar a la competencia económica”.


“Probablemente, la intención es mostrarnos que las reglas del juego han sido reescritas por un círculo reducido de países. Un enfoque que se alimenta del completo desequilibrio económico mundial”, declaró el presidente ruso, quien también manifestó su intención de llevar esta tesis al G20, donde, a diferencia de lo ocurrido en el G8, nadie ha excluido a Rusia. Y es bastante probable que en ese encuentro Rusia cuente con el apoyo de China en este aspecto.


Putin ha puesto especial énfasis en los aspectos del contexto global: la no injerencia en los asuntos de los Estados soberanos, la superación de la “mentalidad de bloques” en aras de la integración económica, la lucha conjunta contra las amenazas comunes y, finalmente, la preeminencia de la “buena voluntad”, a la que ya se apelaba en los tratados fundacionales de la ONU.


Después de su discurso, Putin y Obama mantuvieron su primer encuentro oficial después de dos años, donde ambos dirigentes debían convencerse mutuamente de su ‘buena voluntad’ para con el otro. A juzgar por el discurso de Obama (quien insistió en la fuerza y en los desafíos) y el de Putin (quien, en general, usó un tono más conciliador), tuvieron una conversación difícil.





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Dominicanos de origen haitiano, los nuevos apátridas

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Dominicanos de origen haitiano, los nuevos apátridas


En República Dominicana, una sentencia judicial de hace dos años le niega la nacionalidad a sus ciudadanos de origen haitiano. Las Naciones Unidas acusan a Santo Domingo de expulsarlos del país violenta y arbitrariamente


Los índices de pobreza extrema que se registran en Haití desde hace mucho tiempo han obligado a miles de sus ciudadanos a emigrar hacia otros países, especialmente hacia su vecino más cercano, República Dominicana. Un censo realizado en 2012 reveló que en la mitad oriental de la isla compartida por ambos Estados vivían aproximadamente 1.100.000 personas de ascendencia haitiana: 11% de la población total de República Dominicana.


En septiembre de 2013, el Tribunal Constitucional de República Dominicana dictó una sentencia que priva de la nacionalidad dominicana a las personas de origen haitiano nacidas en el país entre 1929 y 2010. Hoy, dos años más tarde, las autoridades dominicanas aseguran que, en el marco de su plan de regularización de extranjeros, decenas de miles de haitianos y personas de origen haitiano han migrado “voluntariamente” hacia Haití.


“Las deportaciones son ilegales”


En entrevista exclusiva con Deutsche Welle, Fanon Mendes France, presidenta del Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes de las Naciones Unidas, refuta esa información, negando que la migración hacia Haití sea voluntaria y subrayando que las víctimas del veredicto de 2013 no son inmigrantes indocumentados. “De República Dominicana se está expulsando a personas de origen haitiano nacidas en el país y a ciudadanos haitianos con autorización para trabajar. Más de 20.000 personas han sido expulsadas de manera violenta de República Dominicana y transportadas hacia su frontera con Haití”, sostiene Mendes France.


“Acusaciones sobre deportaciones son falsas”


El pasado 3 de julio, Gustavo Montalvo, Ministro de la Presidencia de República Dominicana, declaró que Puerto Príncipe orquesta una campaña de mentiras contra Santo Domingo. Montalvo dijo haber constatado que no se han realizado deportaciones violentas y les pidió a las autoridades haitianas “asumir responsabilidades respecto a sus ciudadanos y al futuro de su nación”, de acuerdo a publicación del periódico Listín Diario.


Deutsche Welle intentó en vano comunicarse con representantes del Gobierno dominicano para obtener su testimonio de cara a los argumentos planteados por el Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes de las Naciones Unidas.


Albergues para deportados


En el sur de Haití se han erigido cuatro asentamientos informales para personas afectadas por las deportaciones dominicanas; éstos albergan a entre 2.500 y 3.000 personas. Los residentes de los campos se quejan de la falta de servicios básicos y de recibir poca o ninguna asistencia del Gobierno haitiano. “Viene gente todo el tiempo y anotan nuestros datos, ¡pero nunca nos dan nada! ¡Necesitamos comida!”, exclamó Manuel Amadice, de 50 años, uno de los desplazados.


Mientras tanto, las tensiones entre los Gobiernos de la isla se intensifica. El Gobierno haitiano prohibió el ingreso a su territorio de 23 productos de origen dominicano. Para los comerciantes de la zona fronteriza entre Haití y República Dominicana, esa medida es arbitraria y afecta especialmente a Haití, donde se comienza a sentir el desabastecimiento de bienes básicos.




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La inestabilidad mediterránea: de Túnez a Siria

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La inestabilidad mediterránea: de Túnez a Siria


El Mediterráneo es una zona geopolítica cada vez más convulsa y por ello en los últimos tiempos se ha convertido en el foco de atención cada vez mayor. Los conflictos en el área mediterránea son una constante en su evolución histórica, de igual forma que en otras regiones del mundo, pero tal vez su situación geoestratégica como punto de convergencia de tres continentes y espacio-frontera de numerosas religiones y culturas, ha hecho que muchas de estas tensiones adquieran una repercusión mundial.


En la actualidad consideramos que los estados que bordean este mar sufren de distintas crisis que abordamos en sus tres vertientes, la europea, la africana y la oriental, y según su naturaleza con una relación de focos geográficos de conflicto. Éstos se clasifican en: inestabilidad política, como ocurre en los países protagonistas de la denominada Primavera Árabe; precariedad económica, como es el caso de Grecia y su conflicto con el resto de la comunidad Europea; crisis de seguridad, como sucede con el permanente conflicto árabe-israelí, así como con la proliferación del Estado Islámico en Siria y Libia; y crisis demográfica, que deriva en los flujos migratorios cada vez más descontrolados que se viven en toda la zona sur europea.


Inestabilidad política: el legado de la Primavera Árabe


Captura de pantalla 2015-09-09 a la(s) 17.50.25Si en 2011 la trayectoria de los países post primavera árabe parecía clara y el mundo pensaba que la transición política en países como Egipto, Túnez o Libia daría lugar a una sociedad más abierta, democrática y pluralista, con vista a los sucesos que han ocurrido desde entonces, a día de hoy muchos cuestionan estas conjeturas. La intención de revoluciones democráticas ha acabado en una polarización social y política en los estados que hace unos pocos años ansiaban el cambio. En la región se hacen evidentes tanto las tensiones exacerbadas entre las comunidades como la carencia relativa de un consenso regional. El más obvio es la separación entre aquellos que piensan que el Islam debe tener un papel protagonista en la vida política y pública, y aquellos que piensan que la religión y el estado deben permanecer separados. De las transiciones democráticas abiertas en 2011, sólo en Túnez se ha establecido un régimen democrático, mientras que en Egipto se ha producido una progresión autoritaria. Otros países árabes como Marruecos o Jordania emprendieron procesos de liberalización política que tampoco han provocado una modificación sustancial de la naturaleza autoritaria del poder.


Al estallar las movilizaciones ciudadanas en 2011, Marruecos y Jordania anunciaron reformas más o menos cosméticas con vistas a apaciguar a la población. En el caso de Marruecos, casi cinco años tras el inicio del Movimiento 20 de Febrero, cuesta identificar el verdadero impacto de las elecciones de 2011 y las reformas constitucionales emprendidas. El Movimiento impulsor se halla más que marchito, con su líder y cantautor rapero Muad Belghawat Lhaged en la cárcel, perseguido por varios delitos, con otros de sus dirigentes en prisión o en el exilio, y con el sistema político más pendiente de algunos giros conservadores que de aplicar las promesas y las mejoras pendientes.


En el caso de Túnez, el poseer un gobierno menos restrictivo que sus vecinos hacía que su economía estuviese en manos de unas pocas familias, las cuales asumían muchas de las filiales de grandes empresas francesas, y el gobierno de Ben Ali estaba además bien visto por la Unión Europea. Otra particularidad de Túnez es que, al contrario que por ejemplo en Libia y Siria, su gobierno no había otorgado privilegios empresariales y cargos gubernamentales al ejército. Éste se puso del lado del pueblo tunecino, desobedeciendo las órdenes de Ben Ali y favoreciendo así la caída del gobierno y a la instauración de la democracia.


Las protestas de 2011 en Egipto conllevaron la caída de tres gobiernos consecutivos. Tras la violencia que cobró la Primavera Árabe, el presidente Mubarak decidió ceder todo el poder presidencial al vicepresidente Omar Suleiman, aunque anunciando que seguiría en la presidencia hasta que acabara la legislatura. Las violentas protestas continuaron hasta que Mubarak dimitió definitivamente y cedió todo el poder al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. En las primeras elecciones tras la caída del anterior mandatario, el conservador Mohamed Morsi resultó vencedor, y al dar a conocer que se promulgarían cambios constitucionales que concedían poderes ilimitados a fuerzas militares y suponían un evidente retroceso en materias como el laicismo, con el aumento del peso de la religión islámica y la sharía en la vida pública, otra virulenta oleada de protestas tomó las calles de Egipto. Así, el presidente del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, Abdul Fatah al-Sisi, con ayuda del Ejército, dio un golpe de Estado que derrocó, el 3 de Julio de 2013, a Mohamed Morsi. Si éste ha sido el fin de la primavera árabe egipcia es incierto, aunque por el momento la crisis política interna se plasma en que el país ha pasado de un régimen dictatorial a otro.


En Libia, la fuerte represión del gobierno, dirigido por Muamar el Gadafi, frente a las protestas civiles de la primavera árabe provocó una lucha entre el Frente de Liberación Libia y las fuerzas militares. Tras fuertes combates, lo que había iniciado como una manifestación terminó en una guerra civil y la violencia se propagó rápidamente por todo el país. La comunidad internacional decidió intervenir y ofreció apoyo militar a la oposición. Así, el 20 de octubre de 2011 Gadafi fue tomado prisionero y ejecutado, poniendo fin a la guerra civil y proclamándose la victoria popular. Tras el vuelco institucional, grupos rebeldes intentaron iniciar un proceso de transición en el gobierno, pero la pérdida de autonomía económica del país, una mayor presencia del sector privado en la industria del petróleo, la existencia de milicias integristas yihadistas que disputan el control de áreas del país, así como la situación de pobreza, es interpretado por muchos analistas como síntomas del fracaso y de un Estado fallido.



Conflictos armados abiertos


Son varios los focos mediterráneos donde la inestabilidad política ha derivado en una toma de las armas. Algunos de los frentes abiertos en la actualidad llevan activos desde la Segunda Guerra Mundial, como es el caso del conflicto árabe-israelí, mientras otros más recientes como la guerra civil en Siria derivan de una primavera árabe fallida donde, aprovechando la situación de ingobernabilidad, el Estado Islámico ha empezado a adentrarse.


El conflicto sirio progresó a la par que el libio, pues la represión violenta por parte del gobierno de Bashar al-Asad frente a las manifestaciones del 2011 provocó que una parte de la sociedad civil y sectores del ejército se alzaran en armas formando el llamado Ejército Libre de Siria. Con la toma de la capital por parte del grupo rebelde, la internacionalización del conflicto fue inmediata. En la actualidad Siria se encuentra repleta de grupos rebeldes apoyados por fuerzas internacionales que luchan contra el gobierno. A su vez, aprovechando la situación de caos e ingobernabilidad del país, fuerzas del Estado Islámico se han adentrado desde el vecino Iraq. El conflicto ya ha dejado casi 210.000 muertos, lo que lo convierte en la guerra más mortífera de la última década, la crisis humanitaria más brutal del siglo XXI y el conflicto más sangriento de la Primavera Árabe.


La actual confrontación árabe-israelí se inició al término de la II Guerra Mundial, cuando millones de judíos emigrantes quisieron establecerse en territorio palestino con la esperanza de crear un estado judío, amparándose en las promesas británicas de décadas atrás. Para 1947 la Asamblea de las Naciones Unidas decidió la división política del país en dos estados, uno árabe y otro judío. Un año más tarde, el primer ministro de Israel, David Ben-Gurion, declaró la independencia del Estado judío, provocando una declaración de guerra inmediata de la Liga Árabe, tras la cual el Estado de Israel ocupó una parte del territorio adjudicado a Palestina. Más adelante, en 1956 sucedía la Guerra del Sinaí, en 1967 la Guerra de los Seis Días y la de Yom Kippur en 1973. Tras todas ellas se realizaron conversaciones de paz, las cuales culminaron sin un acuerdo.


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A día de hoy la guerra abierta se vive en el territorio fronterizo de Gaza, controlado por el ejército de Hamás. Los bombardeos y las ofensivas en el territorio son constantes, así como las pérdidas humanas y materiales. La Organización Mundial de la Salud estima que hasta ahora hay unas 400 mil personas desplazadas, y los centros de la ONU y autoridades locales han acogido ya a unos 280 mil palestinos, es decir, un 15% de la población local.


Precariedad económica


Más allá de los conflictos armados o crisis políticas, no debemos olvidarnos de la precariedad económica con la que cuentan los estados de la cuenca del Mediterráneo. Como explica Fernando Almeida García, profesor de Turismo y Territorio de la Universidad de Málaga, la mayor parte de los países africanos y algunos orientales de la orilla mediterránea presentan unos niveles de desarrollo bastante bajos. Este escaso desarrollo unido a la presión demográfica, los altos contingentes de población joven, la ineficacia política, la corrupción, el desempleo, y el control político y social por parte de las oligarquías y la ausencia de democracia y libertad, como hemos visto antes, son todos elementos que alimentan los conflictos internos y que en los últimos años se alían con los factores religiosos. Por otra parte, los estados europeo-mediterráneos, aunque con niveles de desarrollo más elevados que sus vecinos, sufren de graves crisis financieras, pues no quedan muy lejos las alusiones a los PIGS (Portugal, Italia, Grecia y España) como acrónimo peyorativo que hacía referencia al grupo de países sur europeos con grandes problemas de déficit y balanza de pagos tras la crisis de 2008. En la actualidad, parece que el detonante ha resultado ser el caso griego.


La base de la crisis griega es una deuda de aproximadamente 320.000 millones de euros que el país no está en condiciones de pagar. Durante los años previos al euro, Grecia estuvo gastando más dinero del que ingresaba, financiando ese desajuste a través de préstamos, hasta que con la llegada de la moneda común el gasto público aumentó un 50%, que sumado a problemas de corrupción y evasión fiscal, reconocidos por la propia Grecia, terminó provocando un déficit muy superior al 3% del PIB –objetivo de estabilidad marcado por Bruselas–. El problema se agravó enormemente cuando la crisis financiera global de 2008 limitó el acceso griego al crédito. A pesar de ser dos veces rescatada, implantar brutales medidas de austeridad y haber reestructurado su deuda, la situación griega roza el límite y el país puede declararse en bancarrota en cualquier momento. Se estima que el PIB griego se ha reducido hasta un 25% desde el inicio de los programas de austeridad, lo que a su vez ha acentuado su dependencia en créditos externos, es decir, un círculo vicioso del que parece no haber escapatoria. A todo esto, el impacto de las medidas sobre el pueblo griego ha sido enorme; su tasa de desempleo del 26% es la más alta de toda la Unión Europea y ya son millones los ciudadanos griegos que están viviendo bajo la línea de pobreza.


Crisis demográfica


Los tres focos de inestabilidad en el Mediterráneo vienen regados por una crisis migratoria, también llamada demográfica, que entendemos es resultado directo de los factores anteriores, junto con otros. La crisis demográfica se ha agudizado este año 2015 como consecuencia del creciente número de refugiados y migrantes irregulares que llegan a los estados del sur de la Unión Europea a través de peligrosas travesías en el mar Mediterráneo y los Balcanes. La mayoría de estos movimientos de población se caracterizan por ser una migración forzada de víctimas procedentes de conflictos armados, como son los refugiados sirios o libios, que sufren persecuciones o violaciones masivas de los derechos humanos, como sucede con la población yazidí perseguida por el Estado Islámico, o por la pobreza. Entre enero y julio de este año más de 124.000 personas han cruzado el Mediterráneo. Así, las costas de los denominados PIGS y en especial las islas del país con la economía más dañada de la Unión Europea, son ahora la mayor puerta de entrada de inmigrantes al viejo continente.


Al plantearnos si el Mediterráneo es hoy en día zona de conflicto, debemos decir que por una parte no existe una conflictividad mediterránea de índole singular y genérica sino que, como hemos visto, ésta consiste en un complejo plural de distintas situaciones conflictivas que seguramente se extiendan mucho más allá de aquellas que hemos señalado. En el futuro, todo parece apuntar a que los factores demográficos irán en aumento con el paso del tiempo, a lo que hay que añadir otras tensiones dentro de los países del área que propician estas crisis demográficas, motivados bien por factores religiosos o de identidad.


Como dice Carlos Fernández Espeso, director general para asuntos internacionales de seguridad y desarme, la zona mediterránea presenta entre sus características principales la de ser intrínsecamente conflictiva, bien sean conflictos efectivamente planteados, o bien potenciales conflictos previsibles en un futuro no muy lejano, con lo que este mar es y seguirá siendo una de las piedras angulares de la geopolítica mundial por la propia naturaleza de los cambios que se están produciendo en su seno.


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jueves, 24 de septiembre de 2015

CIJ declara que tiene competencia en el litigio por la salida de Bolivia al mar

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CIJ declara que tiene competencia en el litigio por la salida de Bolivia al mar


24 de septiembre, 2015 — La Corte Internacional de Justicia (CIJ) declaró este jueves que tiene competencia para dirimir el litigio entre Chile y Bolivia por la salida al mar de este último país.


En 2013, Bolivia presentó ante esa instancia jurídica una demanda sobre la obligación de Chile de negociar de buena fe y sin demora un acceso soberano al océano Pacífico por parte de Bolivia.


Chile respondió a dicha demanda argumentando que la CIJ se estableció después del acuerdo de 1904 entre ambos países, por lo que no tendría jurisdicción en la disputa.


Los magistrados de la Corte decidieron con 14 votos a favor y dos en contra rechazar la impugnación chilena y declararse competente para considerar la demanda de Bolivia.


En su sentencia, la CIJ subrayó que la disputa entre Chile y Bolivia no es un asunto arreglado por acuerdos entre las partes o por un arbitraje internacional.


En la guerra de 1879 con Chile, Bolivia perdió 120.000 kilómetros cuadrados de territorio y 400 kilómetros de costa.


TEXTO COMPLETO DEL FALLO EN PDF




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jueves, 17 de septiembre de 2015

Atentos a la Asamblea

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Atentos a la Asamblea


La apertura del 70 período de sesiones en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de septiembre pasará, como de costumbre, sin pena ni gloria por el ciclo de noticias internacionales. Pero en 2015 existen dos motivos de peso para seguir la actividad de Nueva York.


En primer lugar, la Asamblea General se mantiene fiel a su capacidad de brindar momentos estelares de la humanidad.


Como cuando Nikita Kruschev la emprendió a zapatazos con su mesa, en septiembre de 1960. Un incidente que, a pesar de su fama, es apócrifo: los testimonios son anecdóticos y la famosa foto del mandatario soviético resultó ser un montaje.


O aquel clásico, cuando Hugo Chávez se personó santiguándose, revelando que Satán se encontraba entre los asistentes.


O la vez que Benjamín Netanyahu decidió arruinar su reputación presentándose con un gráfico de una bomba, explicando el programa nuclear iraní “como un profesor de ciencias dirigiéndose a una clase bastante espesa”, según The Guardian.


En el apartado de ponencias inspiradoras, los últimos años también han estado a la altura, con intervenciones memorables de Noam Chomsky, Leonardo DiCaprio y Emma Watson. El nuevo período tampoco se presenta aburrido. 2016 presenciará la elección de un nuevo secretario general, y podrá ser el primer año en que la bandera palestina ondee en la sede de la ONU.


De los ODM a los ODS


La segunda cuestión tiene algo más de sustancia. En diciembre de 2015 expirará el plazo de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), establecidos en 2000. La sesión que arranca este septiembre priorizará la adopción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, nuevo programa de cara a los siguientes 15 años.


No existe unanimidad en torno al éxito de los ODM. Entre sus ocho áreas temáticas algunas, como la pobreza, han experimentado el retroceso exigido en 2000 (el porcentaje de personas viviendo por menos de 1,25 dólares al día es hoy menos de la mitad que hace 15 años). Otras, como la mortalidad infantil y materna, se han reducido a un ritmo más lento del esperado. Y en frentes como la discriminación de género, el camino que queda por recorrer es enorme.


Ocurre, además, que gran parte de estas conquistas resultan del despegue de los países emergentes, con China a la cabeza, antes que de un aumento sustancial en la cooperación internacional.


Los ODM también recibieron críticas por adoptar un enfoque limitado, centrado en países en vías desarrollo, y un proceso de redacción opaco. Los ODS han salido al paso de ambas críticas. Su elaboración se ha llevado a cabo a través de un gigantesco proyecto participativo online, y la agenda que contemplan es mucho más ambiciosa, con objetivos universales, que incluirán tanto a los países en desarrollo como a los ricos. En este aspecto destacan, entre sus 17 propuestas, las dedicadas a la lucha contra la desigualdad económica y el cambio climático.


La adopción de este enfoque no ha estado exenta de polémica. Según Charles Kenny, del Centro para el Desarrollo Global, los ODS, al pretender erradicar problemas enteros antes que reducirlos en porcentajes específicos, presentan “un conjunto utópico y disperso”. No está claro, por ejemplo cómo se lograría “poner fin a todas las formas de discriminación y violencia de género” de aquí a 2030. Tampoco será fácil cuantificar el progreso de unos objetivos tan ambiciosos. Las reticencias no se han hecho esperar: el primer ministro británico, David Cameron, ya ha manifestado que no quiere adherirse a una lista de más de 12 propuestas.


Estas cuestiones, entre otras, se debatirán en la primera cumbre de los ODS, que se celebrará en Nueva York entre el 25 y el 27 de septiembre. La implementación de los nuevos objetivos comenzará a partir de 2016.




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UE convoca cumbre extraordinaria sobre refugiados

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UE convoca cumbre extraordinaria sobre refugiados


Los jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea (UE) sostendrán el próximo miércoles una cumbre extraordinaria para tratar el tema de los refugiados. Alemania y Austria, entre otros, habían solicitado un encuentro de esa naturaleza, ante la incesante llegada de miles de personas en busca de asilo en Europa.


Advertencia de Croacia


Poco antes del anuncio, el primer ministro croata, Zoran Milanovic, había advertido que su país tiene una limitada capacidad de atender la llegada masiva de refugiados y de registrarlos. Más de 6.200 entraron al país desde ayer y se espera a otros 20.000 en las próximas semanas. El Gobierno estimó ayer que tiene capacidad para manejar la llegada de unos 1.500 exiliados al día pero no de decenas de miles.


“Si aumenta el número, no sé si podremos registrar a toda esa gente, no puedo garantizarlo”, dijo Milanovic durante una reunión del Gobierno. Milanovic recordó que Croacia es un país de tránsito para los refugiados que siguen después su ruta hacia Austria y otros países más ricos de la Unión Europea, especialmente Alemania.


Croacia es desde ayer parte de una nueva ruta de este éxodo desde países en conflicto de Asia y Oriente Medio, después de que Hungría cerrara su frontera sur con Serbia por la que decenas de miles de refugiados han pasado en los últimos meses.


Encuentro con Faymann


Milanovic se reunió hoy en Zagreb con su homólogo austríaco, Werner Faymann, para analizar esta nueva etapa de la crisis de los refugiados.


En el encuentro, los dos mandatarios estuvieron de acuerdo en seguir aplicando el reglamento de Dublín que establece que el Estado miembro encargado de examinar una solicitud de asilo es aquel por el que primero entran a la Unión Europea (UE) los demandantes, según declaró una portavoz de Faymann a la agencia APA.


Tanto Faymann como Milanovic coincidieron en que la cuestión de los refugiados es “un desafío común de Europa que no afecta a países individuales”, según esa fuente.


Bulgaria despliega soldados


Entretanto, el Gobierno búlgaro anunció hoy que va a desplegar al Ejército en la frontera con Turquía para apoyar a la policía en las tareas de vigilancia, ante la posibilidad de que grupos de refugiados traten de entrar en el país para viajar luego a Europa Occidental.


El ministro de Defensa, Nikolay Nenchev, indicó que un total de 1.000 militares podrían ser destinados a esta misión y que hoy mismo serán desplegados los primeros 50, informa la emisora BNR.


ER (efe, dpa)




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martes, 15 de septiembre de 2015

Tratado antibélico de no-agresión y de conciliación (Pacto Saavedra-Lamas) - Río de Janeiro - 10 de Octubre de 1933

 Los Estados abajo designados, en el deseo de contribuir a la consolidación de la paz y de expresar su adhesión a los esfuerzos realizados por todas las naciones civilizadas para fomentar el espíritu de armonía universal;


 Con el propósito de condenar las guerras de agresión y las adquisiciones territoriales que sean obtenidas mediante la conquista por la fuerza de las armas, haciéndolas imposibles y sancionando su invalidez por las disposiciones positivas de este Tratado, para sustituirlas por soluciones pacíficas fundadas en elevados conceptos de justicia y de equidad;


 Convencidos de que uno de los medios más eficaces de asegurar los beneficios morales y materiales que ofrece la paz al mundo, es la organización de un sistema permanente de conciliación de los conflictos internacionales, que se aplique de inmediato al producirse la violación de los principios mencionados;


 Deciden concretar en forma convencional estos propósitos de no-agresión y de concordia, celebrando el presente Tratado, a cuyo efecto nombraron los Plenipotenciarios abajo firmantes, los cuales, habiendo exhibido sus respectivos Plenos Poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, han convenido en lo siguiente:


 ARTICULO I. Las Atlas Partes Contratantes declaran solemnemente que condenan las guerras de agresión en sus relaciones mutuas o con otros Estados, y que el arreglo de los conflictos o divergencias de cualquier clase que se susciten entre ellas, no deberá realizarse sino por los medios pacíficos que consagra el Derecho Internacional.


 ARTICULO II. Declaran que entre las Altas Partes Contratantes las cuestiones territoriales no deben resolverse por la violencia, y que no reconocerán arreglo territorial alguno que no sea obtenido por medios pacíficos, ni la validez de la ocupación o adquisición de territorios que sea lograda por la fuerza de las armas.


 ARTICULO III. En caso de incumplimiento, por cualquier Estado en conflicto, de las obligaciones contenidas en los artículos anteriores, los Estados Contratantes se comprometen a emplear todos sus esfuerzos para el mantenimiento de la paz. A ese efecto, adoptarán en su calidad de neutrales una actitud común y solidaria; pondrán en ejercicio los medios políticos, jurídicos o económicos autorizados por el Derecho Internacional; harán gravitar la influencia de la opinión pública, pero no recurrirán en ningún caso a la intervención, sea diplomática o armada; salvo la actitud que pudiera corresponderles en virtud de otros Tratados colectivos de que esos Estados sean signatarios.


 ARTICULO IV. Las Altas Partes Contratantes se obligan a someter al procedimiento de conciliación creado por el presente Tratado, los conflictos mencionados especialmente y cualesquiera otros que surjan en sus relaciones reciprocar, sin más limitaciones que las que se enumeran en el artículo siguiente, en todas las controversias que no hayan podido ser resueltas por la vía diplomática dentro de un plazo razonable.


 ARTICULO V. Las Altas Partes Contratantes y los Estados que en adelante se adhieran al presente Tratado, no podrán formular en el momento de la firma, ratificación o adhesión, otras limitaciones al procedimiento de conciliación que cualquiera de las que a continuación se señalan:


(a) Las diferencias para cuya solución se hayan celebrado Tratados, Convenciones, Pactos o Acuerdos pacifistas de cualquier índole que sean, que en ningún caso se entenderán derogados por el presente convenio, sino complementados en cuanto propenden a asegurar la paz; así como las cuestiones o asuntos resueltos por tratados anteriores;


 (b) Los conflictos que las Partes prefieran resolver por arreglo directo o someter de común acuerdo a una solución arbitral o judicial;


 (c) Las cuestiones que el Derecho Internacional deja libradas a la competencia exclusiva de cada Estado, de acuerdo con su régimen constitucional, por cuyo motivo las Partes podrán oponerse a que sean sometidas al procedimiento de conciliación antes que la jurisdicción nacional o local se haya pronunciado en definitiva;

salvo manifiesta denegación o retardo de justicia, en cuyo caso el


 trámite de la conciliación deberá iniciarse dentro del año a más tardar;


 (d) Los asuntos que afecten preceptos constitucionales de las Partes en controversia. En caso de duda, cada Parte recabará la opinión fundada de su respectivo Tribunal o Corte Suprema de Justicia. si ésta estuviere investida de tales atribuciones.


 Las Altas Partes Contratantes podrán comunicar, en cualquier tiempo y en la forma establecida  por el artículo XV, el instrumento en que conste que han abandonado en todo o en parte las limitaciones por ellas establecidas al procedimiento de conciliación.


 Las limitaciones formuladas por una de las Partes Contratantes tendrán el efecto de que las demás Partes no se considerarán obligadas a su respecto sino en la medida de las excepciones establecidas.


 ARTICULO VI. A falta de Comisión Permanente de Conciliación o de otro Organismo internacional encargado de esta misión en virtud de tratados anteriores en vigencia, las Altas Partes Contratantes se comprometen a someter sus diferencias al examen e investigación de una Comisión de Conciliación que se formará del siguiente modo, salvo acuerdo en contrario de las Partes en cada caso:


 La Comisión de Conciliación se compondrá de cinco Miembros. Cada Parte en controversia designará un Miembro que podrá ser elegido por ella entre sus propios nacionales. Los tres Miembros restantes serán designados de común acuerdo por las Partes entre los nacionales de terceras Potencias que deberán ser de nacionalidad diferente, no tener su residencia habitual en el territorio de las Partes interesadas ni estar al servicio de ninguna de ellas. Entre dichos tres Miembros las Partes elegirán al Presidente de la Comisión de Conciliación.


 Si no pudieran ponerse de acuerdo sobre esas designaciones, podrán encomendarlas a una tercera Potencia o a cualquier otro organismo internacional existente. Si los candidatos así designados no fueren aceptados por las Partes o por alguna de ellas, cada Parte presentará una lista de candidatos en número igual al de los miembros por elegir, y la suerte decidirá cuáles candidatos deban integrar la Comisión de Conciliación.


 ARTICULO VII. Los Tribunales o Cortes Supremas de Justicia que, según la legislación interna de cada Estado, tengan competencia para interpretar, en última o única instancia y en los asuntos de su respectiva jurisdicción, la Constitución, los tratados, a los principios generales del Derecho de Gentes, podrán ser designados con preferencia por las Altas Partes Contratantes para desempeñar las funciones encomendadas por el presente Tratado a la Comisión de Conciliación. En este caso el Tribunal o Corte funcionarán en pleno o designando algunos de sus miembros para actuar solos o formando Comisión mixta con miembros de otras Cortes o Tribunales, según convengan de común acuerdo las Partes en litigio.


 ARTICULO VIII. La Comisión de Conciliación establecerá por sí misma las reglas de su procedimiento, el que deberá ser contencioso en todos los casos.


 Las Partes en controversia podrán suministrar y la Comisión requerir de ellas todos los antecedentes e informaciones necesarios. Las Partes podrán hacerse representar por delegados y asistir por consejeros o peritos, así como también presentar toda clase de testimonios.


 ARTICULO IX. Los trabajos y deliberaciones de la Comisión de Conciliación no se darán a publicidad sino por decisión de la misma, con asentimiento de las Partes.


 A falta de estipulación en contrario, las decisiones de la Comisión se adoptarán por mayoría de votos, pero la Comisión no podrá expedirse sobre el fondo del asunto sin la presencia de todos sus miembros.


 ARTICULO X. Es misión de la Comisión procurar el avenimiento conciliatorio de las diferencias sometidas a su consideración.


 Después del estudio imparcial de las cuestiones que sean materia del conflicto, consignará en un informe los resultados de sus tareas y propondrá a las Partes bases de arreglo mediante solución justa y equitativa.


 El informe de la Comisión en ningún caso tendrá carácter de sentencia ni de laudo arbitral, sea en lo concerniente a la exposición o interpretación de los hechos, sea en lo relativo a las consideraciones o conclusiones de derecho.


 ARTICULO XI. La Comisión de Conciliación deberá presentar su informe en el término de un año contado desde su primera reunión, a menos que las Partes no resuelvan de común acuerdo abreviar o prorrogar este plazo.


 Una vez iniciado el procedimiento de conciliación, sólo podrá interrumpirse por arreglo directo entre las Partes o por su decisión posterior de someter de común acuerdo el conflicto al arbitraje o a la justicia internacional.


 ARTICULO XII. Al comunicar su informe a las Partes, la Comisión de Conciliación les fijará un término que no excederá de seis meses, dentro del cual deberán pronunciarse sobre las bases del arreglo propuesto por la misma. Expirado este plazo, la Comisión hará constar en un Acta final la decisión de las Partes.


 Transcurrido el plazo sin que las Partes hayan aceptado el arreglo, ni adoptado de común acuerdo otra solución amistosa, las Partes en litigio recuperarán su libertad de acción para proceder como crean conveniente, dentro de las limitaciones derivadas de los artículos I y II del presente Tratado.


 ARTICULO XIII. Desde la iniciación del procedimiento conciliatorio hasta la expiración del plazo fijado por la Comisión para que las Partes se pronuncien, deberán abstenerse de toda medida perjudicial a la ejecución del arreglo que proponga la Comisión y, en general, de todo acto susceptible de agravar o prolongar la controversia.


 ARTICULO XIV. Durante el procedimiento de conciliación los miembros de la Comisión percibirán honorarios cuyo monto será establecido de común acuerdo por las Partes en controversia. Cada una de ellas proveerá a sus propios gastos y, por partes iguales, sufragará los gastos u honorarios comunes.


 ARTICULO XV. El presente Tratado será ratificado por las Altas Partes Contratantes a la brevedad posible, de acuerdo con sus respectivos procedimientos constitucionales.


 El Tratado original y los instrumentos de ratificación serán depositados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, el cual comunicará las ratificaciones a los demás Estados signatarios. El Tratado entrará en vigor entre las Altas Partes Contratantes treinta días después del depósito de las respectivas ratificaciones, y en el orden en que éstas se efectúen.


 ARTICULO XVI. Este Tratado queda abierto a la adhesión de todos los Estados.


 La adhesión se hará mediante el depósito del respectivo instrumento en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, el cual notificará de ello a los demás Estados interesados.


 ARTICULO XVII. El presente Tratado se celebra por tiempo indeterminado, pero podrá ser denunciado mediante aviso previo de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos para el Estado denunciante, quedando subsistente para los demás Estados que sean parte en él, por firma o adhesión.


 La denuncia será dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, el cual la transmitirá a los demás Estados interesados


 EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los Plenipotenciarios respectivos firman el presente Tratado, en un ejemplar, en los idiomas español y portugués, y le ponen sus sellos, en Río de Janeiro, D. F. a los diez días del mes de octubre de mil novecientos treinta y tres.


 Siguen las firmas de los Plenipotenciarios


 RESERVAS


PAÍSES AMERICANOS


Argentina, Brasil y Chile:

Con las reservas de las letras a), b), c) y d) del artículo 5º.


Colombia:

Con las declaraciones siguientes:


 a) El Pacto se firma bajo reserva de la ulterior aprobación legislativa en Colombia.


 b) El Gobierno de Colombia considera necesario, para asegurar la efectiva y plena aplicación del Pacto, dejar consignada como complemento del artículo 1º y en relación con las demás proposiciones del Pacto, la siguiente definición de agresión:


  1. Declaración de guerra a otro Estado;


2. Invasión por las fuerzas armadas de un Estado al territorio de otro Estado aún sin declaración de guerra;


  3. El ataque por las fuerzas terrestres, navales o áreas de un Estado al territorio, los navíos o las aeronaves de otro Estado, aún sin declaración de guerra;


  4. El bloqueo naval de las costas o de los puertos de otro Estado;


  5. El apoyo prestado por un Estado a las bandas armadas que, formadas en su territorio, hayan invadido el territorio de otro Estado, o la acción de rehusar, a pesar de la solicitud del Estado invadido, la adopción en su propio territorio de todas aquellas medidas que de él dependan para privar a las citadas bandas armadas de toda ayuda o protección.


Ecuador:

Con las reservas que se indican a continuación:


 Haciendo uso de las facultades supremas de que me hallo investido, he venido en confirmar la Adhesión de la República del Ecuador al mencionado Tratado Antibélico de No Agresión y de Conciliación declarándolo como Ley del Estado, con las reservas del artículo 5º, y con las de que el Tratado no alcanza a los Tratados, Convenciones y compromisos internacionales vigentes, ni afecta, ni modifica los derechos del Ecuador en ellos consagrados.


El Salvador:

Con las siguientes reservas:


 a) En relación con el Artículo Tercero, El Salvador como firmante del Pacto de la Sociedad de las Naciones, únicamente admite las disposiciones que conforme a dicho Pacto rigen actualmente la intervención colectiva; y


 b) Las reservas que constan bajo las letras “A”, “B”, “C” y “D” del Artículo Quinto del mismo Tratado.


Estados Unidos de América:

Con sujeción a la siguiente reserva:


 Al adherirse a este tratado, los Estados Unidos no renuncian con ello a ninguno de los derechos que puedan tener de acuerdo con otros tratados o convenciones o de acuerdo con el derecho internacional.


Honduras:

Con las reservas contenidas en las letras a), b), c) y d) del art. 5º.


Perú:

La adhesión a este Pacto no altera ni modifica los pactos y convenciones internacionales en actual vigencia tal como fueron suscritos por el Perú.


Venezuela:

Texto no disponible.


 PAÍSES NO AMERICANOS


Bulgaria:

Con las reservas de las letras a), b), c) y d) del artículo 5º.


Checoeslovaquia—Rumania—Yugoslavia:

Reservas formuladas conjuntamente por N. Titulesco, en su carácter de Presidente de la Petite Entente:


 1) Esta adhesión no podría afectar en lo más mínimo ni constituir una novación o modificación de naturaleza alguna con relación a los compromisos anteriores, particularmente a los que resultan del Pacto de la Liga de las Naciones, del Pacto Briand-Kellogg, de los Tratados de Londres de 3 y 4 de julio de 1934, de los Tratados de Alianza, de la adhesión a la cláusula facultativa del artículo 36 del Estatuto de la Corte Permanente de

Justicia Internacional de La Haya, etc., etc., compromisos que quedan todos

ellos en vigor sin extensión ni restricción por el hecho de la presente adhesión.


 2) Como los tres Estados de la Petite Entente son miembros de la Liga de las Naciones, de ello resulta que fuera del Pacto de la Liga de las Naciones el procedimiento de conciliación previsto por el Tratado de Río de Janeiro no podría aplicarse sino después que hubiera sido obtenido el consentimiento de los Estados interesados en cada caso particular. Esta reserva está en estricta conformidad con el artículo 5º del Tratado de Río de Janeiro.


 De conformidad con las disposiciones constitucionales de cada uno de los tres Estados, y por aplicación del inciso d) del artículo 50 del Tratado de Río de Janeiro, deseamos igualmente estipular expresamente que todo asunto propio de la competencia interior de cada uno de los tres Estados no podría ser llevado ulteriormente para nuevo juicio o conciliación ante ninguna clase de órgano internacional.


 3) La presente adhesión no podría implicar, por parte de los Estados de la Petite Entente, un reconocimiento directo o indirecto de un litigio territorial cualquiera o un cambio de su punto de vista de que no podría haber litigios territoriales en el estado actual de las fronteras, sin excepción de ninguna especie. Tampoco podría significar la extensión o la novación de las obligaciones asumidas por ellos en virtud del Pacto de la Liga de las Naciones, ni tampoco la aceptación de una conciliación o solución judicial o arbitral para las cuestiones reservadas por los tres Estados en el momento de su adhesión a la cláusula facultativa del artículo 36 del Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional, particularmente toda cuestión de fondo o de procedimiento que pueda suscitar directa o indirectamente la discusión de la integridad territorial actual y de los derechos soberanos de estos Estados, incluso los derechos sobre los puertos y vías de comunicación.


Finlandia:

Bajo las reservas siguientes:


 1) La adhesión de Finlandia al citado Tratado no afecta en nada los derechos y las obligaciones derivadas, para Finlandia, del Pacto de la Sociedad de las Naciones o de otros tratados y convenciones anteriores, o de tratados y con venciones que podrían ser concluidos ulteriormente con otros Estados a efectos del arreglo pacífico de conflictos internacionales;


 2) El Gobierno de Finlandia se reserva el derecho de no recurrir a los medios coercitivos que prevé el artículo III de este Tratado contra un Estado envuelto en un conflicto internacional;


 3) El procedimiento de conciliación establecido en este Tratado no se aplica a las diferencias y cuestiones indicadas bajo las letras a), b), c) y d) del artículo 5º.


Grecia:

En las condiciones formuladas a continuación:


 1) Esta adhesión no podrá afectar en manera alguna ni constituir novación o modificación de cualquier clase que sea con relación a los compromisos anteriores, especialmente a aquellos resultantes del Pacto de la Liga de las Naciones, del Acta General firmada en Ginebra el 26 de septiembre de 1928, del Pacto Briand-Kellogg, de los Tratados de Londres de 3 y 4 de julio de 1933, de los Tratados de Alianza, de la adhesión a la cláusula facultativa del artículo 36 del Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional de La Haya, etc., etc.; compromisos que, todos, siguen en vigor sin extensión ni restricción por el hecho de la presente adhesión.


 2) Como la República Helénica es miembro de la Liga de las Naciones, resulta de ello que fuera del Pacto de la Liga de las Naciones, el procedimiento de conciliación previsto por el Tratado de Río de Janeiro, no podría entrar en juego sino después de haber obtenido el consentimiento de los Estados interesados en cada caso particular.


 Esta reserva está en estricta conformidad con el artículo 5º del Tratado de Río de Janeiro.


 De acuerdo con las disposiciones constitucionales en vigor en el país y por aplicación del inciso d) del artículo 5º del Tratado de Río de Janeiro, la República Helénica debe igualmente estipular expresamente que todo asunto que dependa de su competencia interna no podría ser llevado ulteriormente para nuevo juicio o conciliación ante cualquier organismo internacional que sea.


 3) La presente adhesión no podría implicar de parte del Gobierno de la República Helénica un reconocimiento directo o indirecto de un litigio territorial cualquiera o un cambio de su punto de vista de que no podría haber litigios territoriales en el estado actual de las fronteras sin excepción alguna.


 No podría tampoco comportar la extensión o la novación de las obligaciones asumidas por él en el Pacto de la Liga de las Naciones, ni tampoco la aceptación de una conciliación o solución judicial o arbitral para las cuestiones reservadas en el momento de su adhesión al Acta General firmada en Ginebra el 26 de septiembre de 1928, así como a la cláusula facultativa del artículo 36 del Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional, especialmente: toda cuestión de fondo o de procedimiento que pueda traer directa o indirectamente la discusión sobre el Estatuto territorial de Grecia, incluso los diferendos relativos a sus derechos de soberanía sobre sus puertos y sus vías de comunicación.


Italia:

El que suscribe, debidamente autorizado, se adhiere por la presente Acta en nombre de Su Majestad el Rey de Italia, y bajo reserva de ratificación al Tratado Antibélico de No Agresión y de Conciliación estipulado en Río de Janeiro el 10 de octubre de 1933, con las declaraciones siguientes:


 Las obligaciones que derivan del precitado Tratado no vincularán a Italia en sus relaciones con los Estados que no hayan aceptado las mismas obligaciones.


 La presente adhesión no afecta a los derechos y obligaciones que derivan para Italia de los tratados y de los convenios en vigor con otros Estados.


 La adhesión de Italia en lo que concierne al artículo 20 del Tratado, tendrá efecto desde la fecha que el Gobierno Real se reserva determinar.


 De acuerdo con el artículo 5º del Tratado, serán exceptuados del procedimiento de conciliación instituido por dicho Tratado las controversias, los conflictos y las cuestiones indicadas en las letras a), b), c) de dicho artículo, entendiéndose comprendidos en los conflictos a resolverse por convenio directo entre las partes interesadas, aquellos que se refieran a las relaciones de Italia con una tercera potencia.


 Queda entendido que el compromiso previsto por el artículo del Tratado no se refiere a controversias o conflictos relativos a hechos o situaciones anteriores a la presente adhesión.


Noruega:

Con las reservas especiales siguientes:


 1) Las disposiciones del presente Tratado no podrían afectar en nada a los derechos y obligaciones que derivan para Noruega del Pacto de la Sociedad de las Naciones o de otros tratados anteriormente concluidos, ni de tratados tendientes al arreglo pacífico de los conflictos internacionales que pudieran ser concluidos ulteriormente entre Noruega y otros Estados.


 2) El Gobierno Noruego no se compromete en manera alguna en virtud del artículo 3 del presente tratado, a emplear medidas coercitivas contra una parte cualquiera en un conflicto internacional.


 3) Serán exceptuados del procedimiento de conciliación, instituido por el Tratado, los conflictos y cuestiones mencionados en las letras a), b) y c) del artículo 5º.


Rumania:

(Véase Checoeslovaquia)


Turquía:

Con las reservas siguientes:


 1) Esta adhesión no podrá afectar en manera alguna ni constituir novación o modificación de cualquier clase que sea con relación a los compromisos anteriores, especialmente a aquellos resultantes del Pacto de la Liga de las Naciones del Pacto Kellogg-Briand, de los Tratados de Londres de 3 y 4 de julio de 1933, de los Tratados de Alianza, de la adhesión a la cláusula facultativa del artículo 36 del Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional de La Haya, etc., etc., compromisos que, todos siguen en vigor sin extensión ni restricción por el hecho de la presente adhesión.


 2) Como Turquía es Miembro de la Liga de las Naciones, resulta de ello que fuera del Pacto de la Liga de las Naciones, el procedimiento de conciliación previsto por el Tratado de Río de Janeiro no podría entrar en juego sino después de haber obtenido el consentimiento de los Estados interesados en cada caso particular.


 Esta reserva está en estricta conformidad con el artículo 5º del Tratado de Río de Janeiro.


 De acuerdo con las disposiciones constitucionales en vigor en el país y por aplicación del inciso d) del artículo 5º del Tratado de Río de Janeiro, el Gobierno de la República debe igualmente estipular expresamente que todo asunto que dependa de su competencia interna no podría ser llevado ulteriormente para nuevo juicio o conciliación ante cualquier organismo internacional que sea.


 3) La presente adhesión no podría implicar de parte del Gobierno de la República Turca un reconocimiento directo o indirecto de un litigio territorial cualquiera o un cambio de su punto de vista de que no podría haber litigios territoriales en el estado actual de las fronteras sin excepción alguna. No podría tampoco comportar la extensión o la novación de las obligaciones asumidas por él por el Pacto de la Liga de las Naciones, ni tampoco la aceptación de una conciliación o solución judicial o arbitral para las cuestiones reservadas en el momento de su adhesión a la cláusula facultativa del artículo 36 del Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional, especialmente toda cuestión de fondo o de procedimiento que pueda traer directa o indirectamente, la discusión de su integridad territorial actual y de sus derechos soberanos, incluso aquellos sobre los puertos y las vías de comunicación.


 Esta adhesión tendrá pleno efecto para Turquía después de la ratificación del Tratado por la Gran Asamblea Nacional de Turquía.


Yugoslavia:

(Véase Checoeslovaquia)



Tratado antibélico de no-agresión y de conciliación (Pacto Saavedra-Lamas) - Río de Janeiro - 10 de Octubre de 1933Derecho Internacional Público - www.dipublico.org